PERIODO DE RETRACTO 2015 (Corregido)

[SIZE=12px]El Periodo de Retracto 2015 para que devuelvan Todo el dinero de las Matrículas es máximo de 10 días hábiles, y la matrícula de otra Institución de Educación (IP, CFT, Universidad) la pueden llevar desde el Lunes 12 a miércoles 21 de enero, con el objetivo de recuperar su dinero y documentación, donde se matricularon por primera vez solo pueden retener el 1% por gastos de administración.[/SIZE]

La Ley [size=12]$2[/size]

¿Qué significa y cómo se ejerce el derecho a retracto?
El retracto significa que los jóvenes que se matricularon en una institución de Educación Superior puedendesistirse dentro de este plazo de 10 días corridos, exhibiendo el comprobante de una segunda matrícula.
Eso implica que: El establecimiento no puede cobrar por los servicios que no prestó. Debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año. La institución sólo podrá retener de lo pagado hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración.

Por ejemplo, si una carrera tiene un arancel anual de $3 millones el establecimiento podrá retener hasta $30 mil por costos administrativos. Mientras esté vigente el plazo de retracto, las universidades no pueden negociar los documentos que han recibido. Es decir, no pueden ser objeto de una operación de factoring, endosarlos o darlos en garantía; y tampoco entregarlos en comisión de cobranza. Deben retenerlos ante la eventualidad de que el alumno matriculado ejerza su derecho de retracto y le deban ser restituidos.

¿Cómo se ejerce el derecho a retracto?
El primer paso es presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que efectuó la primera matrícula y donde quiere ejercer el retracto.

Acompañar el comprobante de la segunda matrícula, idealmente a una carta, en la que se manifiesta que se quiere ejercer el derecho a retracto donde quede bien clara la fecha.

La carta se puede descargar de www.sernac.cl owww.injuv.cl Pedirle a la institución que timbre o firme una copia de la carta de manera que quede prueba de la fecha en la que se hizo efectivo, por si hay problemas posteriores.

Si luego de transcurridos 10 días de este trámite no se ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la disolución del contrato, insistir. Si la respuesta es negativa, presentar el reclamo ante SERNAC en www.sernac.cl y contactar al Staff de Abogados para Juicio.